Conflicto colombiano, crisis humanitaria y fronteras

Centro de Documentación en Derechos Humanos "Segundo Montes Mozo S.J." (CSMM)

Quito, 14 de Mayo de 2004

 

Ponencia presentada en el Foro "Plan Patriota: Consecuencias en el Ecuador", organizado por la APDH, el CENAE, el CSMM, el IEE, la PIDHDD y el Grupo de Monitoreo del Plan Colombia, en el Café de Radio La Luna. Quito, mayo 11 del 2004.

 

Alvaro Uribe Vélez triunfa en el proceso electoral colombiano, el pasado 26 de mayo del 2002, gracias a su promesa de acabar con “mano firme” las casi cinco décadas de violencia política y conflicto armado en su país, cuyas peores consecuencias han sido asumidas por la inerme población civil.

Desde que Uribe asumió el poder introdujo una serie de medidas destinadas a modificar la estructura misma del Estado con el propósito fundamental de agudizar el conflicto, de involucrar a la población civil y a toda la institucionalidad en la lucha contra el terrorismo y la guerra contra las drogas.

Y para ello su principal caballo de batalla ha sido la implementación de su Política de Defensa y Seguridad Democrática [1], que en lo sustancial omite un programa destinado a reducir, eliminar, juzgar y sancionar las violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario. No obstante, establece objetivos estratégicos, como la consolidación del control estatal del territorio, y líneas de acción como el fortalecimiento del Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, y la Junta de Inteligencia Conjunta, instancias a las que prácticamente se les atribuye la conducción del Estado colombiano.

Para la Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH) [2], la política de seguridad democrática ha contribuido de manera importante a la profundización de la grave crisis de derechos humanos, consolidando un régimen autoritario, que se caracteriza por la ruptura del principio de distinción entre la población civil y los combatientes; el involucramiento de civiles en el conflicto armado –como la red de informantes compuesta por un millón de personas o los 150 mil soldados campesinos-, el sometimiento del Ministerio Público a las Fuerzas Militares; la impunidad y connivencia de los paramilitares con el ejército; la ruptura de la autonomía e independencia del poder judicial, y la suspensión permanente de los derechos a la libertad, intimidad, libertad de comunicaciones y locomoción.

Otra de las expresiones de la grave crisis humanitaria y de derechos humanos en Colombia es el sometimiento de la población civil a los cercos militares, en algunos casos de las Fuerzas Armadas y en otros de los grupos insurgentes o de los paramilitares, convirtiéndola en el principal objetivo de sus propósitos bélicos.

En este contexto, a fin de preservar su vida e integridad, miles de personas se ven obligadas a huir de las zonas de conflicto. Según la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), un promedio de 1.000 personas diarias abandonaron sus tierras, propiedades o lugares de vivienda, durante el 2002, incrementándose de esta manera a cerca de tres millones de personas el número de desplazados internos, situación que ha obligado la intervención del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), reconociendo este drama como la más grave catástrofe humanitaria del hemisferio.

Control migratorio y militarización fronteriza

Frente a esta situación la respuesta del Gobierno ecuatoriano ha sido en varias oportunidades confusa y en otras contradictoria. Parecería que del “Modelo Camboya” avanzamos al “Modelo Turquía”, de acuerdo a la propuesta teórica de Juan Tokatlian [3]. De la neutralidad y autonomía frente al conflicto político, social y armado colombiano, a la definición de los grupos insurgentes colombianos como enemigos para la seguridad interna del Estado ecuatoriano.

Desde noviembre de 1999 [4], que empezamos con el FOL (Forward Operating Location) [5] en Manta hasta la declaración presidencial del coronel Lucio Gutiérrez Borbúa en la que reconocía a los EUA -uno de los más importantes actores en la dinámica del conflicto colombiano-, como el “mejor amigo y aliado” del país -sin considerar para ello las implicaciones políticas y jurídicas de una declaración de esa naturaleza-, pasando por la lisonja de Uribe que calificó a Gutiérrez de “líder continental”, entre otras razones por la colaboración prestada por Ecuador en la lucha contra el narcotráfico y los grupos insurgentes [6], el país avanza en un gradual involucramiento en el conflicto vecino.

La gravedad de esta breve descripción no radica en el compromiso del país de reprimir y sancionar el narcotráfico, como resultado de la aplicación de normas y estándares internacionales, sino en la paulatina adopción del lenguaje y la lógica “uribista” por las autoridades gubernamentales ecuatorianas, especialmente las diplomáticas, las militares y las policiales.

Recordemos que en junio del año pasado, ante los magistrados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en San José de Costa Rica, Uribe Vélez desconoció la existencia de un conflicto interno en Colombia y, en su lugar, habló de la lucha del Estado colombiano contra “bandidos y terroristas”.

Meses más tarde, a propósito de la cooperación de las fuerzas de seguridad ecuatorianas con las colombianas y estadounidenses para la captura, en la capital del país, e ilegal deportación, del líder insurgente “Simón Trinidad”, nuestro inefable ministro de Relaciones Exteriores empezó a enfatizar públicamente sobre los compromisos del Ecuador en la lucha contra el terrorismo [7].

De manera simultánea, empezamos a presenciar un creciente sentimiento xenofóbico contra la población colombiana residente o domiciliada en nuestro territorio, alentada desde las esferas gubernamentales, entre ellas las múltiples declaraciones policiales y de la Junta Cívica de Guayaquil que alertaban a la ciudadanía sobre el incremento de los índices delincuenciales presuntamente por el arribo de colombiano/as, cuando las mismas estadísticas oficiales demuestran que las personas de nacionalidad colombiana involucradas en infracciones penales no sobrepasan el 3 por ciento [8].

Miles de colombianos, hombres y mujeres, niños, niñas y adultos, huyen de la violencia generalizada y la violación masiva de sus derechos humanos, y cruzan la frontera colombo-ecuatoriana en búsqueda de protección internacional [9]. La respuesta del Estado ecuatoriano y sus autoridades ha sido la implementación de controles migratorios excluyentes y discriminatorios que desconocen acuerdos y convenios internacionales -algunos de ellos contraídos ante la Comunidad Andina-, y la militarización de la frontera norte.

Tendencia anual migraciones forzadas trans-fronterizas, 1995-2003

Fuente: Sistema de Información sobre desplazamiento forzado y derechos humanos SISDHES-CODHES
País/Año199519961997199819992000200120022003Total
Ecuador9001.2003.5004.0003.1009.69810.28012.00024.75169.429
Venezuela1.5002.0003.0007.0005.8003.0805.5709.50011.57149.021
Panamá3001.0002.3001.5002.8001.4405333001.69211.865
TOTAL2.700 4.2008.80012.50011.70014.21816.38321.80040.017130.315

Aunque cabe señalar que este comportamiento y lógica estatal no es reciente. Ya en marzo del 2000 se empiezan a sentar las bases jurídicas del control militar sobre la población civil y las zonas fronterizas. Bases jurídicas, pero no lícitas. En esta fecha se amplían las funciones de las juntas cantonales y parroquiales de la Defensa Civil, denominándolas Juntas de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil [10], bajo la responsabilidad de una Fuerza de Tarea Conjunta, a cuyo Estado Mayor se incorpora el Comandante Provincial de Policía.

Tres años más tarde, en abril del 2003, el presidente coronel Lucio Gutiérrez Borbúa, el general Nelson Herrera Nieto, ministro de Defensa Nacional; y el general Oswaldo Jarrín Román, jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, suscribían el Decreto N° 2, publicado en el Registro Oficial Secreto N° 358-S, mediante el cual disponían que las Fuerzas Armadas, entre otras restricciones, debían llevar a cabo las siguientes acciones en las zonas fronterizas: calificación de los grupos humanos asentados o por asentarse; control y neutralización de aquellos elementos o asociaciones nacionales o extranjeras antagónicas a los intereses de la seguridad interna y externa del estado; empadronamiento y control de extranjeros residentes; y, acceso controlado de personas y vehículos.

Reflexiones finales

Nuestro país, nuestra ciudadanía, nuestra institucionalidad no están dispuestas a fomentar condiciones que permitan recrear laboratorios de guerra y escenarios de represión y violencia.

El Ecuador en sus relaciones con la comunidad internacional, en especial con las naciones de la Región Andino-Amazónica, debe reiterar su firme convicción por la paz y el derecho internacional como norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas y promover pro-activamente la solución de las controversias por métodos jurídicos y pacíficos.

El conflicto político, social y armado colombiano no tiene solución militar. Su regionalización mediante la ejecución del Plan Colombia, o la Iniciativa Regional Andina o, ahora, el Plan Patriota, amerita una respuesta desde las sociedades civiles de la región. Mientras los Estados se convocan para analizar sus estrategias de seguridad nacional y hemisférica, las sociedades civiles de la región llamamos a la comunidad internacional a regionalizar la paz y la no-intervención. Trabajemos por una Conferencia Internacional Humanitaria con el propósito de promover acciones de protección de la población civil en Colombia y en las fronteras, en medio de la regionalización de la crisis y las respuestas de control y militarización.

 

Pablo A. de la Vega
Coordinador del CSMM

 

[notas]

  1. Ver: http://www.presidencia.gov.co [^]
  2. FIDH, La "Seguridad Democrática": Una política que socava el Estado de Derecho, Bogotá/París, mimeo, abril 2004. [^]
  3. Ver: CODHES, Un país que huye: Desplazamiento y violencia en una nación fragmentada, Vol. 2, Bogotá, CODHES/UNICEF, marzo 2003, pág. 233. [^]
  4. "Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de los Estados Unidos de América concerniente al acceso y uso de los Estados Unidos de América de las instalaciones en la Base de la Fuerza Aérea Ecuatoriana en Manta para actividades aéreas antinarcóticos". Ver: Registros Oficiales N° 326 (noviembre 25 de 1999), N° 340 (diciembre 16 de 1999) y N° 344 (diciembre 22 de 1999). [^]
  5. Desde ese año, pilotos estadounidenses han realizado aproximadamente 1.400 misiones de vigilancia y patrullaje antinarcóticos y 10.000 horas de vuelo. El año pasado se realizaron 600 misiones y 5.000 horas de vuelo. Ver: http://www.usinfo.state.gov/espanol. [^]
  6. Diario El Universo, Guayaquil 17 de marzo del 2004, pág. 1-A. [^]
  7. En el informe preliminar de la señora Kalliopi K. Koufa, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre terrorismo y derechos humanos, presentado a la Comisión de Derechos Humanos, en su 53° período de sesiones, advertía que hasta el día de hoy la comunidad internacional no ha podido llegar a una definición aceptable de terrorismo. Del mismo modo, se señalaba que entre 1936 y 1981 se habían propuesto 109 definiciones distintas de la palabra terrorismo y que se han propuesto muchas más desde entonces, entre ellas una media docena por el Gobierno de los EUA, todas ellas diferentes. Ver: Documento ONU: E/CN.4/Sub.2/2001/31. [^]
  8. Según la Dirección Nacional de la Policía Judicial, entre enero y diciembre del 2003, se registraron 22.657 detenido/as. De ellos, 674 eran colombiano/as. [^]
  9. Según el Ministerio de Relaciones Exteriores, entre enero del 2000 y diciembre del 2003, 21.721 personas han solicitado refugio. Sin embargo, sólo 6.349 habían sido aceptadas. En cambio, la Dirección Nacional de Migración ha señalado que entre el 2000 y 2003 han ingresado a Ecuador, 708.953 colombiano/as. De ello/as, 372.839, se habrían quedado en el país. [^]
  10. Registro Oficial N° 70, de mayo 4 del 2000. [^]

 

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