Quito, 14 de junio de 2007
San Pablo de Amalí es una comunidad campesina integrada por gente mestiza perteneciente a la Parroquia San José del Tambo; se ubica en la zona costera del cantón Chillanes, de la Provincia de Bolívar. En este lugar la Compañía de nombre San José del Tambo ha concesionado las fuentes de agua del río Chima-Dulcepamba para construir la central hidroeléctrica Hidrotambo.
Para obtener la concesión del agua del río y el permiso ambiental que le faculta construir la obra, la empresa ha incurrido en una serie de procedimientos jurídicos de dudosa legalidad, las comunidades que se sienten directa e indirectamente afectadas por la construcción de este proyecto hidroeléctrico cuestionan que no se ha respetado el debido proceso y en la mayoría de casos han sido resueltos fuera de la ley.
El sitio donde ha empezado la construcción de la central hidroeléctrica se caracteriza por ser un lugar ancestralmente manejado por las comunidades. Los pobladores se dedican a los cultivos de ciclo corto y largo, y utilizan las aguas del río Dulcepamba para su producción. El río que circula por sus territorios sirve a la vez de líquido vital para beber, alimentarse de los peces que da el río, regar los sembríos y plantas, sobre todo en la época de verano, donde no llueve, el río se convierte en el único recurso de vida de la población.
El proyecto inició el año 2002, cuando la Corporación para la Investigación Energética, CIE, realizó una solicitud a la Agencia de Aguas de Guaranda de la Dirección Nacional de Recursos Hídricos para que le otorgue la concesión de una cuenca hidrográfica en el Cantón Chillanes con el objeto de construir una Central Hidroeléctrica llamada San José del Tambo.
Posterior a esta concesión la CIE se constituyó en accionista de la Compañía Hidrotambo y realizaron una nueva solicitud a la Agencia de Aguas de Guaranda para que se transfiera la Concesión inicial de la Corporación para la Investigación Energética a favor de la Compañía Hidrotambo.
En este proceso la Cia. Hidrotambo violó expresamente las normas del debido proceso puesto que no cumplió con la consulta previa a la comunidad que dispone el Art. 88 de la Constitución del Ecuador y el Art. 28 de la Ley de Gestión Ambiental, esto significa que no realizó ninguna reunión de información y participación con las comunidades directamente afectadas antes de realizar el estudio de impacto ambiental que le serviría de base para obtener el permiso de construcción de la central hidroeléctrica.
Por otro lado según lo dispone el Reglamento de concesión de Aguas, la Cia. Hidrotambo debía haber publicado en el diario de mayor circulación de la Provincia de Bolívar la solicitud de concesión, para que las comunidades se enteren de la situación y puedan expresar sus objeciones al respecto, situación que no se realizó.
No se cumplió con ninguno de estos dos procesos, por el contrario, de una manera ilegítima, la Cia. Hidrotambo organizó una reunión con la Parroquia de San José del Tambo a sabiendas que no será directamente afectada por el proyecto, y bajo el pretexto de registrar la asistencia se les hizo firmar a las personas asistentes, las firmas las hicieron valer como respaldo de consulta a la comunidad ante la Dirección Nacional de Recurso Hídricos. También se les ha prometido realizar obras de ayuda para la comunidad. De igual forma las publicaciones no se las realizó en el diario de la Provincia de Bolívar sino que se publicó en un diario de la ciudad de Riobamba y en otro de la Provincia de Los Ríos, dejando a las comunidades en completa indefensión y configurando la violación a la Consulta Previa dispuesto en la Constitución y la Ley de Gestión Ambiental.
A pesar de todas las irregularidades cometidas en el proceso de adjudicación y autorización para la Construcción de la Hidroeléctrica, Hidrotambo logra obtener la concesión de la cuenca hidrográfica del río Dulcepamba por parte de la Agencia de Aguas de Guaranda filial de la Dirección Nacional de Recursos Hídricos y también la autorización de construcción de la central hidroeléctrica de parte del Concejo Nacional de Electrificación CONELEC, quien aprobó un Estudio de impacto ambiental que contenía información desactualizada y errónea de los componentes humanos, sociales y naturales de la cuenca hidrográfica que sería afectada por la construcción de la Central Hidroeléctrica.
Cuando la Cia. Hidrotambo de manera intempestiva pretende realizar los trabajos para la construcción de la Central dentro de San Pablo de Amalí, la comunidad se organiza y se opone a la construcción del proyecto, los campesinos desconocen los alcances de la obra y no han participado de manera activa en el proceso de concesión. Allí empiezan los problemas para la comunidad debido a que Hidrotambo a toda costa pretende iniciar los trabajos de construcción.
En una primera etapa Hidrotambo contrata a una empresa privada de construcción llamada COANDES para que realice los trabajos de construcción, y empiezan con ello una serie de hostigamientos a los dirigentes a quienes en primer lugar se los acusa de ser atrasa pueblos y pandilleros Los cuestionamientos son dirigidos por los directivos de Hidrotambo y con apoyo de autoridades locales, como es el caso del Teniente Político de San José del Tambo y el Alcalde del Cantón Chillanes, quienes a criterio de la comunidad afectada tiene interés económico en este Proyecto y por eso lo respaldan.
Debido a la oposición firme de la comunidad y de otros sectores afectados, la empresa constructora se ve obligada a salir del sitio, su presencia había ocasionado enfrentamientos entre los guardias de seguridad y trabajadores de Hidrotambo en contra de la comunidad, dejando como saldo algunos heridos de parte de la comunidad.
La salida de esta empresa privada encargada de la construcción provocó una reacción mas fuerte de parte de los funcionarios de Hidrotambo, quienes posteriormente realizaron un contrato de prestación de servicios con el Cuerpo de Ingenieros del Ejército Ecuatoriano para que sea esta Institución del Estado quien se encargue de realizar la construcción de la central hidroeléctrica, en dicho contrato se establece que es de absoluta responsabilidad del Cuerpo de Ingenieros del Ejército la construcción y entrega terminada a Hidrotambo de las obras civiles requerida por la central hidroeléctrica San José del Tambo [1]; además establece que es obligación del Cuerpo de Ingenieros del Ejército, tomar las medidas preventivas de seguridad para evitar accidentes o eventuales daños que pudieren sufrir, durante la ejecución de las obras, el personal que labore en las mismas o terceros, así como los bienes y equipos que se empleen [2]. Estableciendo grandes multas económicas en caso de producirse retrasos en la construcción.
Como es obvio suponer el Cuerpo de Ingenieros del Ejército una vez alertado sobre la oposición de la comunidad, a fin de garantizar la construcción de la central hidroeléctrica dispone del uso de la Fuerza militar para hacer frente a la oposición de la comunidad e ingresa a los sitios donde se va a construir la obra. En esta etapa empieza la situación más grave para los habitantes quienes desde el primer intento de ocupación por parte de las Fuerzas Armadas sufrieron agresiones físicas y sicológicas debido a los enfrentamientos que se dieron. Existe por lo tanto una guerra de ocupación por parte de las Fuerzas del Cuerpo de Ingenieros del Ejército quienes a toda costa pretende instalarse en el sitio. A consecuencia de esta situación los profesores de la escuela primaria que funciona en la comunidad tuvieron que verse obligados a concluir el año lectivo en el mes de diciembre de 2006 debido a que en varias ocasiones los militares han disparados bombas lacrimógenas dentro de la escuela provocando que los niños ya no quieran acudir a ella por temor a ser alcanzados por alguno de estos explosivos.
Los militares realizan control militar a todo vehículo que transita por San Pablo de Amalí. En uno de los testimonios dados por una estudiante, ella manifestó que cuando viajan hasta la cabecera Parroquial a estudiar, el vehículo de transporte público es interceptado por los militares quienes hacen una revisión a todas las personas, incluyendo a las señoritas y las revisan manualmente en toda las partes del cuerpo, a los campesinos que viajan con machetes que utilizan en sus trabajos de agricultor, les quitan este instrumento de trabajo bajo el cargo de que son armas blancas que las utilizan para enfrentarse a los militares
. Por esta situación la Coop. Que circulaba hasta San Pablo cortó su ruta dejando a la comunidad sin transporte público, por lo que ahora los habitantes y especialmente los estudiantes tiene que caminar más de un ahora para llegar al colegio en el Tambo.
En los tantos enfrentamientos que se han dado entre la comunidad y el ejército, se destaca el ocurrido el 15 de Diciembre de 2006 cuando los miembros de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso Nacional señores Diputados Estuardo Remache y Oswaldo Gavilanes, después de sostener una reunión con la comunidad se dirigieron hasta el campamento militar para sostener un diálogo con los militares y solicitar explicación sobre los hechos de represión ocasionados, también fueron reprimidos por los miembros del as Fuerzas Armadas, quienes sin un diálogo previo, reprimieron con gases lacrimógenos y balas de goma a quienes se dirigían al campamento. De este hecho hubo cuatro personas heridas de nombres Guillermo Mesías; herido en el ojo izquierdo, quien está a punto de perder la vista; Ovidio Sucán, impacto en el dedo anular; Remigio Huilca, impacto de dos perdigones en pierna izquierda; Sra. Laura García, impacto con estuche de gas lacrimógeno en rodilla derecha; Francisco Ledesma, impacto de perdigón en la cavidad toráxico derecha; César Quinatoa, impacto de perdigón en la frente; Carlos Salazar, impacto de estuche de gas lacrimógeno en uno de sus dedos; Carlos Trujillo, impacto de perdigón en dedo de mano derecha [3].
Posterior a este hecho los militares continuaron intimidando a la población con persecución a sus principales dirigentes a quienes se los ha definido como pandilleros y dirigentes de extrema izquierda política y sobre los cuales pesan algunas denuncias hechas por el Comandante del Cuerpo de Ingenieros del Ejército Crnl. Carlos Rodríguez Arrieta quien los denuncia por los delitos de sabotaje, terrorismo, tenencia ilegal de armas, agresión física, destrucción de bienes, etc. [4].
A través de estas acciones legales se pretende deslegitimar el trabajo de los dirigentes que defienden el derecho de su comunidad a ser consultados sobre este tema que afecta gravemente sus recursos naturales y la supervivencia de sus habitantes. Se tiende a criminalizar la protesta social de quienes según el Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos son Defensores de Derechos Humanos y por lo tanto con la capacidad para plantear acciones en defensa de la vida y el medio ambiente.
Debido a la militarización de la zona, la situación de hostigamiento ha llegado a niveles sin precedentes. Esto se puede constatar con los testimonios de los pobladores de la comunidad. Como constan de la denuncia presentada por Carlos Trujillo Secaira, quien fue víctima de agresión y robo por parte de miembros militares el sábado 13 de enero de 2007 en circunstancias de que mientras llegaba a su vivienda encontró a los militares rodeando su casas y tomando fotos por lo que procedió a reclamarles y una vez que subió precipitadamente a su casa a socorrer a sus hijos que se encontraban solos y llorando, fue agredido por los militares quienes procedieron a disparar bombas de gas dentro de la casa, provocando un conato de incendio que pudo ser controlado por la víctima quien posteriormente fue detenido por los militares bajo el cargo de agresiones y trasladado a otra ciudad (Guaranda) complementando una ilegalidad en su detención, no sin antes apropiarse ilícitamente de 7.000 dólares que el mencionado ciudadano tenía en su casa producto de la venta de una cosecha de cacao.
El Estado por su concepción ideológica es el llamado a proteger y garantizar a la población de todo acto público o privado que signifique una violación a los derechos humanos que degenere la calidad de vida de sus habitantes. En el presente conflicto ha sido el mismo Estado quien, a través de sus instituciones responsables del manejo y dirección de los recursos hídricos y energético, han incurrido en violaciones constitucionales en perjuicios de los habitantes de la comunidad San Pablo de Amalí. A las instituciones y funcionarios del Estado les compete vigilar que en todo proceso que signifique riesgo al medio ambiente, haya transparencia sobre todo cuando sus decisiones administrativas pongan en riesgo los recursos destinados a uso exclusivo de seres humanos. En este contexto el rol del Estado en garantizar los derechos de las personas es totalmente nulo, debido a que las autoridades locales por tener intereses económicos en dicho proyecto dan la espalda a las peticiones de las comunidades afectadas. A nivel Provincial el respaldo que brindan los funcionarios a la comunidad no se visibiliza y el conflicto se lo mira desde una perspectiva política en vez de ambiental o humana. Las autoridades nacionales desatienden el pedido que han realizado la comunidad y las organizaciones que están acompañando el proceso, como La Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, INREDH. Son innumerables las cartas dirigidas al Presidente de la República, Ministra de Defensa, Presidente de CONELEC, etc. De las que no se ha recibido respuesta alguna. En ciertas ocasiones se ha pedido audiencia con estas autoridades pero las reuniones han servido sólo de información, pues los mecanismos cautelares de prevención que exige la comunidad, no son resueltos.
A nivel local la situación de las autoridades locales entraña un serio análisis pues no son actores de diálogo sino por el contrario, realizan acciones encubiertas con el fin de enfrentar a los grupos favorables y opositores al proyecto, desatando una profunda descomposición del tejido social que por años ha existido entre las comunidades aledañas. Uno de esas acciones, según testimonios de algunas personas de la Comunidad, fue la ocurrida a mediados del año 2006, cuando ciertas autoridades locales contrataron a los miembros de la Junta de Defensa del Campesinado de Chimborazo y Cotopaxi [5] para que se dirijan hasta la Comunidad San Pablo de Amalí y provocar un enfrentamiento con sus habitantes, afortunadamente la policía nacional realizó un operativo de control ese día en la carretera que conduce a Chillanes y detuvo a tres vehículos cuyos ocupantes iban armados con armas de fuego, evitándose de esta manera una posible masacre entre los grupos.
Lo que si es claro, es que el rol más protagónico del Estado en la zona, lo tiene a través del Cuerpo de Ingeniero del ejército y no precisamente para proteger y garantizar los derechos de las personas sino por el contrario, la presencia militar busca apropiarse a todo costa de los terrenos de los campesinos, para construir en sus propiedades la Hidroeléctrica, a pesar que la mayoría de dichos terrenos no han sido debidamente expropiados como señala la Ley.
Según testimonios de las señoras Rosa Zapata y Laura García el Capitán Enrique Morales quien está al mando de esta operación, manifestó públicamente que el Proyecto va por que va y que si tienen que desaparecer al pueblo lo harán
. Es decir se está actuando bajo el terror y la amenaza con el fin de acallar la protesta de las comunidades.
El Cuerpo de Ingenieros del Ejército, niega las acusaciones hechas por la comunidad a pesar de ser hechos ciertos y que constan en denuncias públicas formalmente presentadas y en los reconocimientos médicos realizados a las víctimas de la Represión.
En reunión sostenida con el Comandante del Cuerpo de Ingenieros del Ejército el 1 de Marzo de este año, se ratificó en que el Proyecto va por que va manifestando que los causantes de estos hechos son los propios habitantes de San Pablo de Amalí a quienes acuso de ser conspiradores del subdesarrollo y estar favoreciendo a las centrales termoeléctricas de quienes dijo, seguramente están detrás de todos estos hechos
.
La impunidad y desamparo del Estado hacia sus habitantes llega a niveles desesperantes que cuando un grupo de personas fueron a denunciar la agresión y robo que habían cometido los militares en contra del Señor Carlos Trujillo, el Teniente Político de la Parroquia San José del Tambo, en vez de investigar lo ocurrido, dispone de manera ilegal arrogándose funciones que no le corresponden, la detención de estas personas manifestando que ellos también han participado de este incidente y que ahora se vienen hacer las víctimas
. Los referidos ciudadanos al igual que don Manuel Trujillo fueron conducidos hasta la ciudad de Guaranda donde fueron liberados dos días después mediante un Recurso de Habeas Corpus.
En vista de la magnitud de la situación INREDH resolvió ir al lugar de los hechos, para lo cual designó a uno de sus Asesores legales el desarrollo de esta visita con el objeto de constatar la situación en el terreno e iniciar acciones legales tendientes a cesar las hostilidades.
En aquella visita se pudo constatar el terror psicológico que posee la comunidad San Pablo, pues en la visita hecha a la comunidad todas las personas sin excepción manifestaban palabras y frases como: por dios ayúdennos
, por favor ayúdennos para que se vayan los militares
, no queremos que hayan muertos, ya son muchos los heridos
. En este sentido el pedido principal que la comunidad exige es que se vayan los militares de la zona, pues su presencia constituye un acto de amenaza a la paz y tranquilidad social.
Como Institución de Promoción y Asesoría en Derechos Humanos estamos insistiendo a todas las Instituciones involucradas en el tema para que se adopten medidas preventivas que permitan crear un espacio de diálogo directo y un cese de hostilidades en la zona.
A la Señora Ministra de Defensa se le hizo llegar un video grabado por la comunidad, en donde consta una visita que realizó el Presidente de la República a esta población durante su campaña electoral, en la cual manifestó expresamente que si San Pablo de Amalí dice no al proyecto, el proyecto no se construirá
. Razón por la cual insistimos en tomar las medidas urgentes en vista del desamparo de la comunidad.
La Defensoría Nacional del Pueblo se pronunció al respecto el 15 de Febrero de 2007 disponiendo que el Cuerpo de Ingenieros del Ejército se abstenga de iniciar cualquier acto que constituya violación a las personas, a pesar de aquel mandato institucional, el ejército reinició con mayor presión los hostigamientos a la Comunidad tal como sucedió nueve días después, el 26 de febrero a las 08:40 de la mañana donde aproximadamente 70 miembros del Cuerpo de ingenieros del ejercito incursionaron violentamente utilizando bombas lacrimógenas y armados con fusiles dispararon las bombas lacrimógenas directo al cuerpo de las personas de San Pablo de Amalí, configurando un hecho más de exceso de violencia y en donde resultaron 4 personas heridas de gravedad que fueron trasladados al hospital de Chillanes. El miércoles 28 de febrero y jueves 1 y viernes 2 de marzo del presente los miembros del Cuerpo de Ingenieros del Ejército continuaron con sus tácticas militares intimidando a la población, razón por la cual solicitamos el pasado jueves 1 de marzo una reunión urgente con el Comandante del Cuerpo de Ingenieros del Ejército quien en dicha reunión se ratificó en que continuarán dichas acciones porque el Cuerpo de Ingenieros del Ejército debe cumplir el contrato que está obligado a realizar, hubo una expresión tibia al pedido de INREDH y otras organizaciones fraternas en conformar una comisión multidisciplinaria que estudie y evalúe el caso y mientras tanto se pare todo intento de trabajo en la comunidad.
INREDH, con el objeto de garantizar la integridad física y sicológica de los habitantes de San Pablo de Amalí, el día 1 de marzo de 2007 realizó una solicitud de medidas cautelares a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Dicha solicitud fue acogida por la comisión la misma que el 21 de marzo de 2007 solicitó al Estado Ecuatoriano un informe acerca de la situación denunciada, respuesta que a la presente fecha al parecer no ha sido absuelta por los funcionarios de Procuraduría del Estado.
Estos mecanismos de presiones a nivel jurídico y político han permitido que las hostilidades empiecen a cesar en la comunidad, pero la situación no parece solucionarse a corto plazo pues la insistencia de Hidrotambo en construir la central hidroeléctrica perdura. Por el momento están actuando a través del CONELEC, quien ha declarado de utilidad pública los terrenos de algunas familias, no obstante que algunos de los verdaderos perjudicados no aparecen en la nómina y otros que si ser perjudicados constan allí, desatando un nuevo proceso de irregularidad que ha sido característico en todas las etapas de este proceso hidroeléctrico
El proceso de lucha social que han emprendido los habitantes de San Pablo de Amalí en defensa de sus recursos naturales, les ha significado un alto grado de conciencia no sólo para hacer respetar la ley de quienes la han infringido sino que ha llegado a proclamar un profundo respeto por la vida y la naturaleza, por la conservación del agua como fuente de vida, alimentación, desarrollo y sobre vivencia de la comunidad, lo que ha hecho concluir que el derecho a la vida y a la integridad física, a un ambiente sano, son derechos fundamentales y supremos que, haciendo una ponderación de derechos, están por encima de cualquier otro derecho, como el de la propiedad que tanto defienden los inversionistas. Por eso ellos dicen no a cualquier intento de apropiación de sus recursos naturales bajo pretextos desarrollistas.
En el presente conflicto quienes desean la construcción de la hidroeléctrica quieren dar a entender a la opinión pública que el supuesto Derecho a la propiedad que tiene la compañía Hidrotambo al igual que la obligación del Cuerpo de Ingenieros del Ejército de cumplir un contrato, son prioritarios a los derechos que demanda la comunidad de San Pablo, situación totalmente adversa a los principios de los Derechos Humanos y a la filosofía del Estado Social de Derecho que rige en el Ecuador que no solo recomienda sino que exige de los Gobiernos y sus funcionarios el respeto de los derechos fundamentales inherentes a las personas por encima de los derecho de bienes o propiedad.
Sin luz hemos vivido mucho tiempo y podemos seguir viviendo tranquilos, pero sin el agua no es posible subsistir un solo día
.
Pensamiento de Manuel Trujillo, presidente de la comunidad y principal acusado por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército e Hidrotambo de ser terrorista e incitador de la violencia.
Todas las denuncias presentadas por el Cuerpo de ingenieros del Ejército en contra de los dirigentes de San Pablo de Amalí y zonas aledañas, han quedado en la etapa de indagación previa en la Fiscalía, pues ninguno de esos hechos han sido probados conforme a derecho.
A pesar de esta evidente falta de motivación y hechos que justifiquen una denuncia en contra de los dirigentes, seis de ellos han sido detenidos bajos cargos infundados, propiciados por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército, cuya tropa es la encargada de detenerlos y ponerlos a órdenes de las autoridades, quienes les han concedido la libertad a través de recursos de hábeas corpus donde ha quedado demostrada su detención ilegal y la inocencia de los cargos que se les imputan.
La comunidad ha respondido también a los atropellos del ejército, a quienes ha denunciado a la fiscalía de Chillanes por los múltiples abusos cometidos, sobre todo por las lesiones provocadas a las personas provenientes de las bombas lacrimógenas y balas de goma que utilizan los militares cada vez que incursionan en la comunidad. Estas denuncias tampoco han superado la etapa de indagación previa, a pesar de existir evidencias físicas, documentales y testimoniales que prueban los hechos de violencia cometidos por el Cuerpo de ingenieros del Ejército contra la comunidad San Pablo de Amalí.
Un hecho destacado fue la aprehensión por parte de la policía de San José del Tambo de dos miembros del Cuerpo de Ingenieros del Ejército que fueron encontrados in fraganti alterando el orden público, disparando al aire y amenazando a las personas del lugar mientras se desarrollaba una fiesta en dicha parroquia.
Los miembros policiales elevaron un parte al Comandante del Ejército y Policía Nacional para que procedan a la sanción disciplinaria de estos malos militares, pero dicha situación no ha sido posible debido a que los militares se escaparon del calabozo en donde estaban aprehendidos. En relación a este suceso la policía no ha dado un informe de lo sucedido y el Cuerpo de Ingenieros del Ejército no ha hecho nada por sancionar estos actos reprochables de dos sus miembros, evidenciando una absoluta impunidad a la hora de juzgar las arbitrariedades cometidas.
El Estado ecuatoriano no ha informado sobre la situación de Chillanes a la solicitud hecha por la Corte Interamericana de Derechos humanos. Por consiguiente la Corte Interamericana de Derechos Humanos no se ha pronunciado al respecto.
Se han iniciado un sinnúmero de acciones tendientes a dejar sin efecto la decisión del CONELEC de otorgar el permiso ambiental a Hidrotambo, En una reunión sostenida el 15 de marzo de 2007 entre afectados y miembros del CONELEC, se resolvió realizar una inspección al lugar de los hechos para constatar lo denunciado. En dicha inspección participaron técnicos del CONELEC y la comunidad afectada, de cuya visita se desprende el informe de los técnicos del CONELEC en donde expresan su preocupación por que al parecer el proceso de construcción de la central Hidroeléctrica San José del Tambo no ha contado con la suficiente información a la comunidad y la empresa constructora no ha podido establecer diálogos efectivos que permitan superar la problemática existente
.
El proceso legal para la construcción de la hidroeléctrica continúa, ahora está en la etapa de declaratoria de utilidad pública de los terrenos en donde se piensa construir la central, en cuyo proceso ya existen problemas debido a que algunos de los perjudicados no aparecen en la lista enviada por el CONELEC, por el contrario, existen otras personas que no siendo perjudicados, constan en aquella lista.
INREDH en conjunto con los afectados presentará en los próximos días, una Acción Constitucional para dejar sin efecto la Autorización emitida por el CONELEC, en vista de que se han detectado irregularidades en el proceso de concesión y autorización ambiental que deslegitiman lo actuado hasta el momento por el Estado.
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