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Preocupaciones sobre las migraciones internacionales, los Derechos Humanos y el desarrollo en las Américas

Quito, 1 de junio de 2006 [1]

Pablo A. de la Vega [2]

La madrugada del sábado 13 de agosto del año pasado, frente a las costas colombianas, perecían alrededor de 100 ecuatorianos luego que naufragara la frágil embarcación que los transportaba a las costas centroamericanas camino a los Estados Unidos, en una aventura protagonizada por hombres y mujeres que perdieron la esperanza en este país.

Desde esa fatídica fecha hasta el momento, esta riesgosa aventura se ha repetido una y otra vez. Desesperanza que ha sido aprovechada por los traficantes de sueños ante la falta de voluntad política de quienes deben adoptar decisiones e implementar acciones para garantizar que el ejercicio del derecho a migrar sea el resultado de una decisión libre, voluntaria y consciente, sin que en ella medie el dolo, la fuerza o el engaño.

Días más tarde, el 18 y 19 de agosto, varias personas de las aquí presentes, nos reuníamos para debatir sobre migraciones, desarrollo económico y derechos humanos, en el marco de un seminario internacional organizado por la Confederación Parlamentaria de las Américas (COPA).

Trescientos días, aproximadamente, han transcurrido desde esos hechos. Más de cien familias han intentado procesar esas pérdidas. Decenas de niños quedaron huérfanos. Y, penosamente, ninguna persona ha sido imputada y sancionada, a pesar de la evidente responsabilidad penal en esas muertes. La impunidad se abrió paso una vez más.

Pero estos lamentables sucesos no sólo ocurren en Ecuador. Decenas y, quizás, centenas de latinoamericanos y caribeños sucumben en mar abierto, ríos, lagos, canales y desiertos. Otros purgan penas, sin mediar proceso judicial alguno. Están en cárceles, prisiones, retenes, estaciones migratorias, recintos policiales o militares, sin asistencia médica y legal, y sin protección consular [3].

Estos y otros obstáculos no han impedido que miles de latinoamericanos y caribeños salgan en estampida a Estados Unidos, España, Italia u otros destinos similares, intentando escapar de procesos de pauperización que imperan en muchos de nuestros países, para convertirse en mano de obra de reemplazo.

Las asimetrías del desarrollo parecen afectar fuertemente a las economías de la región. A ello se suma la precariedad del empleo y la profundización de las tensiones sociales, que devienen en una sensación generalizada de vulnerabilidad social, y es por ello, que ha cobrado tanto cuerpo la creciente aceptación de la emigración como alternativa para enfrentar las difíciles condiciones de vida, la incertidumbre laboral y la disconformidad con los resultados del patrón de desarrollo [4].

Y el debate prosigue y las acciones, en no pocas situaciones, tardan en llegar. No obstante, las migraciones internacionales son un tema recurrente en la actualidad y ocupan un destacado lugar en la agenda de las Naciones Unidas, de la Organización de los Estados Americanos (OEA), y de las organizaciones y foros intergubernamentales y parlamentarios, de carácter internacional y regional.

La misma Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) ha señalado con insistencia la necesidad de adoptar acuerdos globales inherentes a la elaboración de una agenda internacional contemporánea, a partir del reconocimiento de que las migraciones internacionales y las restricciones impuestas a ellas, forman parte de un campo complejo y controvertido, acuerdos en los que hay que tener en cuenta las especificidades regionales, la dinámica de los mercados laborales y la protección de los derechos humanos de los migrantes [5].

Y los insumos para ello son innumerables y, probablemente, suficientes. Tan sólo para citar, a modo de ejemplo, los comunicados, las declaraciones y los planes de acción de las once Reuniones Viceministeriales de la Conferencia Regional de Migración (CRM), de las seis declaraciones de la Conferencia Sudamericana sobre Migraciones (CSM) o de los Principios de Acción adoptados en el reciente proceso global, a través de la Comisión Mundial sobre Migraciones Internacionales [6], pasando por los múltiples informes de la Relatoría Especial de las Naciones Unidas para los derechos humanos de los migrantes y la Relatoría Especial sobre Trabajadores Migratorios y Miembros de sus Familias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH/OEA).

Y la sociedad civil hemisférica también ha sido generosa en la adopción de manifiestos, declaraciones y planes de acción. Sin embargo, debe destacarse que la responsabilidad de la formulación e implementación de las políticas públicas es del Estado, sin que ello signifique ausencia de diálogo y consenso con la sociedad civil y, por supuesto, consulta y cooperación entre los Estados.

Y este último elemento es fundamental, a propósito de la actual coyuntura internacional, en medio de una escena en donde se entrecruza una visión de seguridad nacional en detrimento de los derechos humanos de los migrantes, luego de los sucesos del 11-S y el 11-M.

Estos días presenciamos un discurso público en el que se asocia la inmigración con la violencia y, en algunos países, con el terrorismo. Desde luego que, como defensores de derechos humanos, cuestionamos firmemente los terrorismos [7] y sus consecuencias, y entendemos que los Estados tomen decisiones soberanas para enfrentar la gravedad de este delito. No obstante, demandamos de los Estados de la región que sus decisiones frente al terrorismo no tengan vínculo alguno con los temas migratorios, en general, y el asilo y refugio, en particular.

Este breve análisis nos conduce a sostener que las contradicciones, los obstáculos y los desafíos de las políticas migratorias actuales, de los países del hemisferio, son abrumadores. Hoy mismo somos testigos de las actitudes excluyentes hacia los trabajadores migratorios [8], hombres y mujeres, a pesar de la importancia de su labor en diversos sectores de la economía de nuestros países.

La mayoría de Estados de la región han suscrito y ratificado los más importantes instrumentos internacionales de derechos humanos, pero la aplicación de sus disposiciones sigue postergándose. Once países [9] del hemisferio han suscrito o adherido a la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares [10], el más importante tratado de derechos humanos en este ámbito. Y en ellos la implementación de sus principios y normas debe ser imperativa.

Pero las limitaciones estructurales, no sólo políticas, atentan contra la obligatoriedad contraída ante la comunidad internacional para promover y proteger los derechos humanos de los trabajadores migratorios. Entre ellas la inexistencia, en algunos casos, o la extrema debilidad, en otros, de las estructuras institucionales para formular y aplicar políticas migratorias.

En varios de nuestros países presenciamos una impresionante dispersión institucional, un obsceno desperdicio de los escasos recursos disponibles, una imparable duplicación de funciones, y un reiterado conflicto de competencias entre diversas dependencias estatales, escenario que en el mejor de las opciones podría superarse a través de la elaboración, aprobación y ejecución de leyes de carácter integral en las que se identifiquen y conformen instancias rectoras de políticas migratorias, con participación de la sociedad civil.

Otro factor importante es la coherencia política, jurídica y ética. Es importante que los Estados de origen, los de tránsito y los de empleo, promuevan una institucionalidad y normativa que brinden respuestas tanto a la emigración como inmigración.

Este elemento también contribuye para que los Estados promuevan procesos de diálogo, consulta y cooperación entre ellos. Ejemplos de este tipo de prácticas son las conferencias regionales o sudamericanas sobre migraciones. Y el más reciente, la conformación del Grupo de Países Mesoamericanos, República Dominicana, Colombia y Ecuador para responder coordinadamente a la reforma migratoria en los Estados Unidos y a sus implicaciones en nuestros países.

También es preciso fortalecer la cooperación y la coordinación entre las diversas organizaciones internacionales multilaterales que tienen en su mandato las migraciones internacionales. En particular, el actual escenario internacional es favorable para este propósito, a través del Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA), agencia de Naciones Unidas directamente responsable para promover el Diálogo de Alto Nivel [11] previsto para septiembre de este año, en la ciudad de Nueva York.

Y, por cierto, otro de los organismos claves en este proceso es la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que en el marco de su reciente XVI Reunión Regional Americana, promovida por la Oficina Internacional del Trabajo, en Brasilia, en mayo del 2006, presentó su Agenda hemisférica para generar trabajo decente", uno de cuyos objetivos fundamentales es "mejorar el nivel de protección de los trabajadores migrantes a través de la gestión de las migraciones", mediante tres metas: la primera, disponer, antes del 2010, de un sistema de información estadística sobre los trabajadores migrantes que sustente la formulación de políticas en este campo; la segunda, avanzar en la utilización del marco general que la OIT debe formular a solicitud de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) y lograr la ratificación de los Convenios Nº 97 y 143 (también promovida por la CIT), todo ello con la finalidad de propiciar una gestión ordenada del proceso migratorio; y, la tercera, lograr, antes del 2010, que todos los países de origen y de destino de los migrantes cuenten con una estrategia y un plan de acción para una gestión ordenada de las migraciones.

Hacia una agenda común

Recordar las demandas y exhortos planteados por la sociedad civil en procesos anteriores [12], cuya implementación por parte de los Estados del hemisferio siguen pendientes:

  1. Que los Estados firmen y ratifiquen la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, los Convenios Nº 97 y 143 de la OIT, y el Protocolo de San Salvador [13];
  2. Que los aportes de la sociedad civil organizada sean considerados por los Estados del área en la elaboración de las políticas migratorias integrales y que en ellas se incluya el pleno respeto de sus derechos humanos;
  3. Trabajo conjunto de Estados y sociedad civil en el desarrollo de mecanismos que garanticen la adopción de sanciones efectivas contra los que explotan a trabajadores migratorios o que están involucrados en el tráfico de migrantes y trata de personas. Estas sanciones deberán contemplar medidas de protección a las víctimas, especialmente a las mujeres y los niños;
  4. Que se garantice el derecho de asilo y refugio al que toda persona tiene según las convenciones internacionales;
  5. Que los Estados del área, en coordinación con organizaciones de la sociedad civil, en los países de origen y tránsito, informen de los requerimientos legales de entrada, salida y de empleo para trabajadores migratorios, en los países de tránsito y de destino;
  6. Que los Estados del área y las organizaciones de la sociedad civil desarrollemos e impulsemos campañas educativas conjuntas sobre la migración, sus causas y efectos, incluyendo la adecuación de los currículos educacionales; y,
  7. Que los Estados asuman un compromiso para garantizar un respeto irrestricto de los derechos humanos en los diferentes mecanismos de aseguramiento, detención, expulsión, deportación y recepción de los trabajadores migratorios;

Las organizaciones de la sociedad civil nos comprometemos a crear mecanismos y consolidar los ya existentes para garantizar lo siguiente:

  1. Fortalecer las redes nacionales y regionales de organizaciones de la sociedad civil vinculadas al tema migratorio;
  2. Mantener y acrecentar los espacios de diálogo e interlocución con los Estados y organizaciones intergubernamentales, en aras de garantizar la dignidad de las personas migrantes; y,
  3. Fortalecer y dar seguimiento a los vínculos establecidos para la participación de la sociedad civil en el proceso de las Cumbres de las Américas, la Conferencia Regional de Migración (CRM), la Conferencia Sudamericana sobre Migraciones (CSM), las Asambleas de la COPA y el Parlamento Andino, entre otras instancias legislativas, el Encuentro Iberoamericano sobre Migraciones (Madrid, julio 18 y 19 del 2006), la XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, que tendrá lugar en Montevideo, Uruguay, en noviembre del 2006, sobre Migraciones y Desarrollo y, desde luego, en el Diálogo de Alto Nivel, en septiembre del 2006, en Nueva York.

Para concluir cabe mencionar que no todos los trabajadores migratorios enfrentan riesgos y situaciones de vulnerabilidad en cuanto a sus derechos, también existen experiencias exitosas y positivas que incluyen el reconocimiento y la concesión de derechos políticos y la implementación de programas de inserción laboral y social; sin embargo, a pesar de los avances que se pudieran identificar, el desafío para garantizar plenamente el ejercicio de sus derechos se mantiene. Y para ese propósito, sin duda, uno de los instrumentos es la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. Este es el paradigma para la defensa de los trabajadores migratorios. Y es el referente para los parlamentarios del hemisferio, a fin de armonizar las legislaciones internas con los principios y las normas contenidas en este tratado internacional de derechos humanos.

Evitar el desconocimiento de los instrumentos, erradicar los prejuicios que se suelen esgrimir para oponerse a su aprobación y demostrar validez como parte de la historia del derecho internacional, es una tarea imperativa para la región, cuyo cumplimiento permitirá establecer una plataforma realista y efectiva para la protección de los migrantes [14].

Notas

  1. [1] Lectura efectuada en la Comisión III (Derechos Humanos, Pueblos Indígenas y Seguridad Ciudadana), en la VII Asamblea General de la Confederación Parlamentaria de las Américas (COPA). Quito, mayo 29 a junio 4 del 2006.
  2. [2] Coordinador del Centro de Documentación en Derechos Humanos "Segundo Montes Mozo S. J." (CSMM), Representante en Ecuador del Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los Migrantes (OCIM) y Secretario Técnico Ad-Hoc de la Mesa de Trabajo sobre Migraciones Laborales (MTML). Correo-e: montesdh@uio.satnet.net
  3. [3] Entre 1990 y el 2002, más de 3.000 personas, en su mayoría mexicanos, han muerto o desaparecido en la frontera entre México y los Estados Unidos. En los últimos años, el número de inmigrantes indocumentados detenidos por la Patrulla Fronteriza ha disminuido, pero el de rescatados y muertos ha aumentado o se ha mantenido constante. A su vez, la proporción entre muertos y personas detenidas por la Patrulla Fronteriza ha pasado de 15 a 35 muertes por cada 100.000 detenciones entre 1999 y el 2002. Comparativamente, la proporción en España -la más alta de Europa- fue de 3 muertes por cada 100.000 detenciones en el 2000. Ver: CEPAL, Migración internacional, derechos humanos y desarrollo en América Latina y el Caribe: Síntesis y conclusiones, Santiago, 2006, pág. 45. Documento ONU: LC/G.2303(SES.31/11), de marzo 9 del 2006.
  4. [4] CEPAL, Cuatro temas centrales en torno a la migración internacional, derechos humanos y desarrollo, Santiago, 2006, pág. 19. Documento ONU: LC/L.2490, de marzo 10 del 2006.
  5. [5] CEPAL, Migración internacional, derechos humanos y desarrollo en América Latina y el Caribe: Síntesis y conclusiones, pág. 10.
  6. [6] Ver: Comisión Mundial sobre las Migraciones Internacionales, Las migraciones en un mundo interdependiente: Nuevas orientaciones para actuar, Ginebra, GCIM, 2005.
  7. [7] Entre 1936 y 1981 se propusieron 109 definiciones distintas de la palabra terrorismo, y [que] se han propuesto muchas más desde entonces, entre ellas una media docena propuestas por el Gobierno de los Estados Unidos, todas ellas diferentes. Ver: Informe sobre la marcha de los trabajos preparado por la Sra. Kalliopi K. Koufa, Relatora Especial sobre terrorismo y derechos humanos. Documento ONU: E/CN.4/Sub.2/2001/31, de junio 27 de 2001, pág. 10.
  8. [8] El 16 de diciembre del 2005, la Cámara de Representantes de los Estados Unidos aprobó el proyecto de ley "Border Protection, Antiterrorism and Illegal Immigration Control Act of 2005" (H.R. 4437), patrocinado por el congresista republicano por Wisconsin, James H. Sensenbrenner que, entre otras medidas, establecía: criminalizar la estadía irregular y sancionar a quienes ayuden a un indocumentado, incrementar las redadas y acelerar las deportaciones, cancelar la lotería de visas y construir un nuevo muro en la frontera con México.
  9. [9] Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras México, Nicaragua, Perú y Uruguay.
  10. [10] Aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 18 de diciembre de 1990, mediante resolución 45/158.
  11. [11] http://www.un.org/esa/population/hldmigration/
  12. [12] CEPAL, Informe de relatoría del Simposio sobre Migración Internacional en las Américas, Santiago, CELADE / OIM, 2000, pág. 32. Documento ONU: LC/L.1462-P, de diciembre del 2000.
  13. [13] Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, suscrito en San Salvador, El Salvador, el 17 de noviembre de 1998.
  14. [14] CEPAL, Migración internacional, derechos humanos y desarrollo en América Latina y el Caribe: Síntesis y conclusiones, Santiago, 2006, pág. 48

Pablo A. de la Vega

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