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Historia del Pueblo Rom en el Ecuador

Asociación Nacional del Pueblo Rom del Ecuador (ASOROM)

Quito, 12 de febrero de 2005

A finales de 1800 y principios de 1900 por las fronteras del sur con el Perú, comenzaron en su éxodo los primeros Rom en el Ecuador a transitar en pequeñas grupos de los siguientes clanes o kumpania , familias Grecos, Mihai, Bolochok, Xoraxá, Boyasa, Rusos, Calderas, Lovaria. De estos grupos o familias solo algunos estuvieron de tránsito por el Ecuador, los Rom que vivimos en este país son los siguientes: Grecos, Mihai, Bolcochok, Xaraxá y algunos Boyasa, las demás familias se encuentra en todo el continente americano.

Los Rom en el Ecuador están desde finales de 1800 y principios del 1900, llevando una trayectoria itinerante en toda la República del Ecuador, en particular en las provincias de Carchi, Imbabura, Cotopaxi, Pichincha, Tungurahua, Chimborazo, El Oro, Manabí y El Guayas. Se calcula que existen 1.000 Rom en el Ecuador.

Situación social de los Rom

La sociedad mayoritaria nos ha obligado a mantenernos sumergidos en la invisibilidad. Nuestro pueblo está al margen de los proyectos de desarrollo, salud, educación, economía y vivienda. No nos reconocen como parte del Ecuador en ninguno de los sectores. En algunas escuelas no aceptan a nuestros hijos porque no hablan el español y porque tenemos otra cultura.

En el sector de la salud no nos tratan bien, no nos dan una atención adecuada como que no mereciéramos esa atención, las autoridades policiales no creen que somos ecuatorianos, nos dicen que no hay Gitanos ecuatorianos.

En el sector económico cuando salimos a buscar trabajo, por ser Gitanos algunos no quieren pagar lo que pedimos por la manos de obra y pagan lo que ellos quieren, en el sector de la vivienda no nos dejan armar las carpas en algunos lugares y si queremos arrendar una casa por ser Gitanos no nos arriendan, tienen miedo de que nos quedemos con la casa.

Situación cultural de los Rom

Somos una cultura ancestral y milenaria enriquecida de valores y principios morales, de reglamentos que se deben respetar a diario, en la convivencia romani para cada grupo, esto es las mujeres, los niños, los jóvenes, los adultos y los ancianos. Las mujeres tienen un papel muy importante en el hogar, pues de ella depende el cuidado del esposo y los hijos, además ella debe respetar las leyes Gitanas llevando con orgullo el símbolo de nuestro pueblo que es ser una Romlí o mujer Gitana.

Los niños y niñas de nuestro pueblo tienen que ser cuidados hasta que llegan a la adolescencia. Los jóvenes tienen que demostrar sus capacidades intelectuales y obediencia a nuestras leyes hasta llegar a formar parte del grupo de los adultos. Las mujeres jóvenes tienen que demostrar lo que ellas han aprendido de sus padres, enseñadas desde pequeñas y preparadas para llevar a la familia con mucho orgullo, deben ser vírgenes en su boda, de esa virtud depende el honor de toda su familia, no pueden casarse con un gasho o un extraño de otro pueblo, los jóvenes tanto hombres o mujeres deben demostrar que son capaces de llevar con dignidad el papel de ser un Rom.

Los hombres de nuestro pueblo tienen una responsabilidad mas grande en su rol, ellos tiene que demostrar todas las cualidades en la kumpania, su capacidad económica, su intelecto, el fruto de su trabajo, el nivel de respeto, que él haya alcanzado en las kumpania y su propia kumpania tienen que ser correctos. En los tribunales de los mayores que aplican la llamada "Ley Gitana", los hombres deben, con sus virtudes y sabiduría, demostrar que son verdaderos Rom.

Los viejos o ancianos tienen el rol mas importante en nuestro pueblo, ellos son muy respetados tanto hombres como mujeres, con las vivencias de ellos son el ejemplo para todo el pueblo, sus canas son muy respetadas, ellos son la sabiduría, el conocimiento, son nuestra vida, ellos son los verdaderos Rom.

Situación legal de los Rom

En el mes de abril del 2001 nos fue otorgado el Acuerdo o la Personería Jurídica No. 2467, a través del Ministerio de Bienestar Social de conformidad con el artículo 23 y numeral 19 de la Constitución Política de la República con derecho a la libre asociación con fines pacíficos, este es sólo un pequeño aporte para nuestro pueblo, pues solo se nos hace el reconocimiento de una pequeña Asociación. La Constitución Ecuatoriana es muy amplia pero no hay un artículo específico para nuestro pueblo algunos artículos nos excluyen pues solo hablan de los pueblos indígenas y negros y esto nos sumerge más en la invisibilidad, no es justo ya que Ecuador tiene muchos grupos étnicos, en algunos casos a estos grupos se les permite escoger el lugar de nacionalidad mientras que a nosotros no nos aceptan como parte de este Ecuador pluricultural y multiétnico.

El Convenio 169 de la OIT

Este Convenio es muy claro literalmente, pues se refiere a los pueblos indígenas y tribales y nuestro pueblo Rom es tribal por lo tanto tenemos los mismos derechos, al menos que deliberadamente se estén interpretando este instrumento internacional desde posiciones racistas, discriminatorias y xenofóbicas.

El nomadismo estructural de los Rom nos ha convertido en un pueblo con proyección transnacional y nuestra consecuente ausencia territorial vista desde la perspectiva de la sociedad mayoritaria impiden que seamos sujetos a los convenios estipulados y aprobados por los países independientes y Ecuador es uno de ellos, por lo tanto se debe aplicar el Convenio 169 de la OIT a nuestro pueblo con los mismos derechos que los demás pueblos que forman parte del Ecuador multiétnico y pluricultural.

Propuestas del Pueblo Rom

  1. Defender y valorar la historia y las tradiciones étnicas y culturales del pueblo Rom.
  2. Proteger los derechos patrimoniales, consuetudinarios y/o el patrimonio cultural e intelectual del pueblo Rom.
  3. Exigir al Estado ecuatoriano el reconocimiento, promoción y defensa de los derechos colectivos del pueblo Rom.
  4. Evitar cualquier forma de discriminación negativa de racismo, xenofobia, intolerancia y exclusión contra el pueblo Rom.
  5. Promocionar y difundir ante la sociedad dominante los conocimientos y saberes tradicionales y sus valores culturales y éticos del pueblo Rom.
  6. Realizar la proyección explícita hacia el pueblo Rom de todos los derechos que constitucional y legalmente amparen a los pueblos indígenas y afrodescendientes en el Ecuador.
  7. Propender que el Estado Ecuatoriano aplique taxativamente las normas jurídicas internacionales que protegen los derechos del pueblo Rom.
  8. Aportar a la ampliación de los espacios de autonomía del pueblo Rom, buscando el reconocimiento de sus autoridades propias y validando la existencia y vigencia de la jurisdicción especial Kriss, Romani.
  9. Construir con el apoyo del Estado Ecuatoriano el Plan de Vida del Pueblo Rom de manera que garantice la viabilidad de alternativas al desarrollo para el pueblo Rom.
  10. Propiciar la apertura de espacios interculturales necesarios a fin de garantizar el futuro autónomo y la opción cultural propia del pueblo Rom.
  11. Buscar que las entidades públicas y privadas se adecúen institucionalmente a la realidad étnica y cultural del pueblo Rom, de manera que puedan atender apropiadamente sus demandas y reivindicaciones.
  12. Trabajar por la generación de alternativas económicas y productivas para el pueblo Rom de acuerdo a sus tradiciones étnicas y culturales.
  13. Propiciar que el Estado Ecuatoriano apoye los oficios y actividades económicas tradicionales del pueblo Rom al igual que coayude a definir políticas de empleo que respondan a sus tradiciones étnicas y culturales.
  14. Apoyar la realización de investigaciones sociales que estén orientadas a profundizar el reconocimiento del pueblo Rom.
  15. Procurar que el Estado Ecuatoriano incorpore en la educación regular conocimientos sobre la historia y cultura del pueblo Rom.
  16. Procurar el acceso de los jóvenes Rom a la educación media y superior y condiciones laborales que les permitan tener una vida digna.
  17. Contribuir a la implementación de un modelo alternativo de atención en la salud para el pueblo Rom que garantice un adecuado acceso a los servicios de la salud que deberán ser oportunos y orientados a la prevención de la buena salud y rehabilitación.
  18. Aportar para que los programas estatales de salud tengan en cuenta los conocimientos y prácticas del pueblo Rom.
  19. Propender a que el Estado Ecuatoriano garantice el consentimiento libre e informado del pueblo Rom a través de sus autoridades e instituciones representativas cada vez que se ejecuten proyectos de desarrollo, medidas legislativas y administrativas, susceptibles y aceptables directamente.
  20. Propiciar que el pueblo Rom tenga acceso equitativo permanente y apropiado a los medios masivos de comunicación social.
  21. Garantizar el acceso de representantes del pueblo Rom a las diferentes instancias de participación creadas por las instituciones gubernamentales y poderes públicos.
  22. Contribuir a la creación y consolidación de aquellas instituciones e instancias propias que el pueblo Rom requiera para avanzar en el proceso de reconocimiento de sus derechos colectivos.
  23. Viabilizar la generación de los mecanismos e instancias necesarias que propicien el contacto, relaciones e intercambio fluido y permanente de los Rom ecuatorianos con las comunidades Rom internacionales.
  24. Instar y promover el libre derecho a autodeterminación étnica y cultural del pueblo Rom con los mismos derechos de los ecuatorianos y las mismas alternativas de la colectividad nacional.
  25. Instar a que el Estado Ecuatoriano reconozca a los Rom como pueblo con identidad propia que habita el territorio ecuatoriano desde la época colonial interrumpidamente con sus propias instituciones políticas, sociales y culturales.
  26. Exigir que el Estado Ecuatoriano proteja la identidad, cultura y las diferentes kumpañas y grupos familiares Rom como parte importante de la nación.
  27. Solicitar al Gobierno Ecuatoriano información y consulta adecuada de cada Plan de Desarrollo a fin de que se ajusten a la cultura del pueblo Rom.
  28. Exhortar a que el Estado reconozca y respete las autoridades tradicionales del pueblo Rom que tiene jurisdicción sobre sus kumpanias.
  29. Instar a que el Gobierno garantice a las kumpanias Rom nómadas o seminómadas el desarrollo de sus costumbres migratorias dentro del derecho adquirido de los demás habitantes del país.
  30. Solicitar al Gobierno Nacional capacitación adecuada en programas de oficios que el pueblo Rom, según sus costumbres y tradiciones puedan desempeñar.

Actividades realizadas

Alfredo Yankovich
Presidente de ASOROM

[+info]
asorom@hotmail.com

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